DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015

Fecha: 16-Ene-2015

i) Para el caso del Alcalde

i) Para el caso del Alcalde, entendiéndose que no procede en este caso una nueva elección, “…la sustituta o sustituto será una autoridad ya electa definida de acuerdo al Estatuto Autonómico o Carta Orgánica según corresponda” (art. 286.II en su parte final de la CPE), observándose que el texto del artículo analizado refiere erróneamente a la figura de la suplencia cuando lo que corresponde es la sustitución directa por una autoridad que ya debería estar definida en la carta orgánica.