DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“Artículo 42. (Mecanismos y procedimientos de transparencia  y rendición de cuentas)

La Alcaldesa o Alcalde presentará  informe sustanciado de manera verbal y por escrito de gestión con rendimiento de cuentas a los primeros veinte días de junio a los primeros veinte días de diciembre sobre todas las áreas que el municipio haya tenido responsabilidad, la convocatoria  para tal efecto, deberá  ser de amplia y oportuna difusión. El informe será público sin restricción alguna, deberá ser presentado al pleno del Concejo y a la población en general.