DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2015

Fecha: 16-Dic-2015

en cambio, la unidad territorial es el espacio geográfico delimitado para la organización del territorio del Estado, pudiendo ser departamento, provincia, territorio indígena originario campesino o en este caso Municipio

Consecuentemente, conforme a los entendimientos jurisprudenciales, no puede denominarse como Gobierno Autónomo Municipal a la unidad territorial; toda vez que el Gobierno Autónomo Municipal como entidad territorial es la institucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una unidad territorial de acuerdo a las facultades y competencias que le confiere la norma fundamental y la ley; en cambio, la unidad territorial es el espacio geográfico delimitado para la organización del territorio del Estado, pudiendo ser departamento, provincia, territorio indígena originario campesino o en este caso Municipio; por lo que la primera denominación otorgada en el proyecto primigenio de la Carta Orgánica Municipal, como municipio era correcta y no así la denominación de “Autónomo” o “Gobierno Autónomo Municipal”; sin embargo, en la disposición en análisis, el estatuyente nuevamente otorga la denominación de Gobierno Autónomo Municipal al Municipio de Yunchara, en consecuencia corresponde mantener su incompatibilidad.