DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Limita al norte con la Segunda Sección de la Provincia Méndez Municipio El Puente; al sur con la República Argentina; al este con la Primera Sección de la Provincia Avilés Municipio de Uriondo, con la Provincia Cercado y con la Segunda Sección de la Provincia Arce Municipio de Padcaya; al oeste con la Segunda Sección del Municipio de Tupiza, con la Provincia Sud Chichas y la Primera Sección de la Provincia Modesto Omiste Municipio de Villazón del Departamento de Potosí; encontrándose el Río San Juan del Oro, como límite natural entre los Departamentos de Tarija y Potosí.

Limita al norte con la Segunda Sección de la Provincia Méndez Municipio El Puente; al sur con la República Argentina; al este con la Primera Sección de la Provincia Avilés Municipio de Uriondo, con la Provincia Cercado y con la Segunda Sección de la Provincia Arce Municipio de Padcaya; al oeste con la Segunda Sección del Municipio de Tupiza, con la Provincia Sud Chichas y la Primera Sección de la Provincia Modesto Omiste Municipio de Villazón del Departamento de Potosí; encontrándose el Río San Juan del Oro, como límite natural entre los Departamentos de Tarija y Potosí.

Por otro lado, se puede decir que un paso importante en la vida institucional de los Municipios del país, ha sido la implementación de la descentralización y la autonomía municipal, mediante las Leyes de Participación Popular No 1554 y la Ley  de Municipalidades No 2028, principalmente; creándose las Secciones de Provincia -los Municipios- en todo el territorio boliviano. En la actualidad, y bajo el enfoque del vivir bien, el municipalismo es nuevamente protagonista en lo que respecta al perfeccionamiento de la Autonomía, por ello los  Gobiernos Autónomo Municipales, tienen la potestad de elaborar sus propias normas básicas a lo que se les denomina Cartas Orgánicas.