DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Con relación al numeral 16 del artículo 26.I, ahora suprimido.

La DCP 0019/2015, declaró la incompatibilidad de las frases: “aprobar y/o rechazar” y la frase “ los estados financieros, la ejecución presupuestaria y la memoria correspondiente a cada gestión  anual, presentados por la Alcaldesa y/o Alcalde Municipal”, en consideración a que no constituye facultad del órgano deliberante municipal aprobar o rechazar los estados financieros de una gestión municipal, la ejecución presupuestaria y la memoria correspondiente a cada gestión anual, ya que a través de dicho acto administrativo, comprometería su función fiscalizadora, toda vez que después de refrendar los actos del órgano ejecutivo, no podría desarrollar dicha función, y  que estos actos implican la vulneración de los principios de independencia y separación de funciones de los órganos del Estado, previstos y contemplados en el art. 12.I de la CPE