DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015

Fecha: 28-Jul-2015

ii)

ii) La declaración de constitucional de una disposición normativa de una norma institucional básica sujeta a entendimiento, implica que sobre la misma este Tribunal ingresó a realizar el control previo de constitucional, otorgando un entendimiento para que se encuentre acorde con el texto de la Constitución Política del Estado. La RAE, define el término entendimiento como: “…sentido que se da a lo que se dice o escribe”, acepción que aplicada al control previo de constitucionalidad, significa que una disposición sujeta a entendimiento, se la tiene por  compatible en función al sentido normativo otorgado por este Tribunal, en base al referente normativo de contrastación; aspecto que posibilita al estatuyente a modificarlo; empero, dentro de los límites del sentido otorgado; supuesto en el que corresponderá realizar un nuevo control de constitucionalidad.