DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el art. 52

A momento de efectuar el control previo de constitucionalidad del proyecto original de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Ravelo, se declaró la incompatibilidad del art. 55, porque en su contenido dispositivo establecía la obligatoriedad del ejercicio de los derechos de participación y control social, siendo que el ejercicio de los mismos es potestativo en el marco de la libre decisión y conciencia; regulación que vulneraba el art. 241 de la CPE, relacionado al art. 4.II.4 de la Ley de Participación y Control Social (LPCS); revisado el texto del proyecto en análisis, se advierte que el estatuyente municipal modificó la disposición observada, estableciendo en el art. 52 del proyecto con adecuaciones, que el Gobierno Autónomo Municipal de Ravelo, se obliga a generar los espacios y mecanismos para el ejercicio de los derechos antes referidos, compatibilizando de esta forma su contenido dispositivo.