DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015

Fecha: 28-Jul-2015

no consignaron regulación alguna respecto a las atribuciones de Secretarios Municipales,

Ahora bien, atendiendo a que el proyecto original, fue elaborado en virtud de lo dispuesto por el art. 275 de la CPE, éste responde a la voluntad de los actores sociales, quienes en ejercicio de su derecho de participación, en el texto original de la Carta Orgánica no consignaron regulación alguna respecto a las atribuciones de Secretarios Municipales, razón por la cual, no se realizó el control previo de constitucionalidad sobre los mismos; no obstante de ello, la disposición normativa que fue adicionada en el proyecto con adecuaciones y que incorpora la materia de regulación ya referida, no puede ser objeto de control previo de constitucionalidad; consiguientemente, se declara la improcedencia del mismo.