DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2019

Fecha: 09-Oct-2019

modificación y delimitación de las unidades territoriales

Ahora bien, corresponde tener presente que el art. 269.II de la CPE establece que: “La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales se hará por voluntad democrática de sus habitantes, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución y la ley” (negrillas agregadas);

En ese sentido, el precepto reformulado por la ETA de Inquisivi, retiró de su texto la delimitación unilateral que efectuaba, teniéndose un precepto acorde al nuevo orden constitucional; es decir, no se advierte invasión al régimen competencial establecido por los arts. 297 y ss. de la CPE; porque describe e indica que el municipio de Inquisivi se encuentra en la provincia del mismo nombre del departamento de La Paz, teniéndose una previsión que se enmarca a lo establecido en el art. 269.I de la Norma Suprema, la cual establece que: “Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos”; haciendo referencia a su ubicación en el marco de la indicada organización territorial.