AMPARO DIRECTO 693/2019. 15 DE NOVIEMBRE DE 2019. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ETHEL LIZETTE DEL CARMEN RODRÍGUEZ ARCOVEDO, EN CUANTO A LO OFICIOSO DEL ESTUDIO. PONENTE: MARÍA AMPARO HERNÁNDEZ CHONG CUY. SECRETARIO: MARAT PAREDES MONTIEL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 693/2019. 15 DE NOVIEMBRE DE 2019. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ETHEL LIZETTE DEL CARMEN RODRÍGUEZ ARCOVEDO, EN CUANTO A LO OFICIOSO DEL ESTUDIO. PONENTE: MARÍA AMPARO HERNÁNDEZ CHONG CUY. SECRETARIO: MARAT PAREDES MONTIEL.

Fecha: 26-Mar-2021

A La Luz Del Anterior Comentario Esta Dictaminadora Formula Las Siguientes Recomendaciones

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"Cuarta. En atención a que en el arranque de la aplicación de las unidades de inversión se destinarán a estos programas un monto considerable de recursos del Gobierno Federal y del Banco de México, incluso superiores a la cartera vencida de la banca comercial y de que estos programas buscan fundamentalmente apoyar a la planta productiva del país, se considera que se deben establecer márgenes razonables de intermediación para aplicarlas en la reestructuración de los adeudos de nuevos pesos a unidades de inversión.

"Dado el uso de estos recursos públicos, se recomienda que las autoridades establezcan una adecuada normatividad para proteger los intereses de los usuarios del crédito y el cumplimiento de las prioridades establecidas dentro de un marco de corresponsabilidad de la banca."

En la discusión se avizoraron con claridad los riesgos. Así, el diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla dijo:

"2o. El sistema de las UDIS que estamos discutiendo no ofrece las mismas ventajas para todos los deudores; ofrece condiciones marcadamente desfavorables para los trabajadores de ingresos fijos, es decir, los asalariados que sean deudores del sistema bancario, por ejemplo, de créditos hipotecarios.

"Esto es así, porque al indexarse los intereses y el capital de los adeudos se generará una inercia inflacionaria en toda la economía. En este fenómeno si lo único que no se pone al parejo de los aumentos de los precios, es precisamente el salario, resulta claro que habrá una pérdida neta de los trabajadores de ingreso fijos bajo este sistema.

"Aún más, de prevalecer una disparidad tan grande entre la inflación y el aumento nominal de los salarios, como sucede actualmente, el alivio temporal nunca existirá y por lo contrario, significará una carga mayor que repercutirá aún más en la pérdida del salario real."