AMPARO DIRECTO 693/2019. 15 DE NOVIEMBRE DE 2019. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ETHEL LIZETTE DEL CARMEN RODRÍGUEZ ARCOVEDO, EN CUANTO A LO OFICIOSO DEL ESTUDIO. PONENTE: MARÍA AMPARO HERNÁNDEZ CHONG CUY. SECRETARIO: MARAT PAREDES MONTIEL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 693/2019. 15 DE NOVIEMBRE DE 2019. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ETHEL LIZETTE DEL CARMEN RODRÍGUEZ ARCOVEDO, EN CUANTO A LO OFICIOSO DEL ESTUDIO. PONENTE: MARÍA AMPARO HERNÁNDEZ CHONG CUY. SECRETARIO: MARAT PAREDES MONTIEL.

Fecha: 26-Mar-2021

F En Lo Demás Resuelva Conforme A Sus Atribuciones Incluyendo El Tema De Costas

Por lo expuesto y fundado, con apoyo, además, en los artículos 73 a 77, 170, 183 y 189 de la Ley de Amparo, se

RESUELVE:

ÚNICO.—La Justicia de la Unión ampara y protege a ********** y **********, contra la sentencia definitiva dictada el once de julio de dos mil diecinueve, por la Quinta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el toca 459/2019/1, para los efectos precisados en el considerando quinto de esta ejecutoria.

Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos a la autoridad que los remitió y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así, lo resolvió el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, por mayoría de votos de los Magistrados Mauro Miguel Reyes Zapata, como presidente y María Amparo Hernández Chong Cuy (ponente), con el voto en contra de la Magistrada Ethel Lizette del Carmen Rodríguez Arcovedo, quien se reservó su derecho a formular voto particular.

En términos de lo previsto en los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en el Acuerdo General 11/2017, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicado el dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete en el Diario Oficial de la Federación, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.

Nota: El Acuerdo General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Distritos y Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito citado en esta ejecutoria, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVII, Tomo 2, febrero de 2013, página 1559, con número de registro digital: 2325.

La tesis de jurisprudencia I.4o.C. J/8 citada en esta ejecutoria, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, agosto de 1996, página 475, con número de registro digital: 201604.

Las tesis aisladas I.3o.C.739 C, 1a. XVIII/2012 (9a.), 1a. CCXIV/2013 (10a.), 1a. CCLII/2016 (10a.), 1a. CXLVI/2014 (10a.), 1a. CXLVII/2014 (10a.), 1a. CXCIII/2015 (10a.), 1a. CCLXXXV/2015 (10a.), 1a. CXXXII/2018 (10a.) y 1a. CCCXL/2015 (10a.) y de jurisprudencia 1a./J. 46/2014 (10a.), 1a./J. 47/2014 (10a.) y 1a./J. 82/2015 (10a.) citadas en esta ejecutoria, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, agosto de 2009, página 1597; Décima Época, Libros IX, Tomo 1, junio de 2012, página 257 y XXII, Tomo 1, julio de 2013, página 556; en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 11 de noviembre de 2016 a las 10:22 horas, 11 de abril de 2014 a las 10:09 horas, 5 de junio de 2015 a las 9:30 horas, 2 de octubre de 2015 a las 11:30 horas, 28 de septiembre de 2018 a las 10:37 horas, 13 de noviembre de 2015 a las 10:06 horas, 27 de junio de 2014 a las 9:30 horas y 15 de enero de 2016 a las 10:15 horas, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 36, Tomo II, noviembre de 2016, página 916; 5, Tomo I, abril de 2014, páginas 798 y 799; 19, Tomo I, junio de 2015, página 586; 23, Tomo II, octubre de 2015, página 1657; 58, Tomo I, septiembre de 2018, página 843; 24, Tomo I, noviembre de 2015, página 971; 7, Tomo I, junio de 2014, páginas 400 y 402 y 26, Tomo II, enero de 2016, página 918, con números de registro digital: 166676, 160073, 2003974, 2012978, 2006169, 2006170, 2009281, 2010094, 2017993, 2010422, 2006794, 2006795 y 2010800, respectivamente.