SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 53/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 53/2002

Fecha: 02-Jul-2002

III.5

III.5 Sostienen que en lo referido al auxilio judicial para la designación del árbitro sustituto de ENDE S.A.  solicitado por CONOCEG, el Juez determinó que el solicitante previamente pida a ENDE directamente dicha designación, lo que hizo el 29 de mayo de 2000, mereciendo la respuesta en 7 de junio de 2000, en la que los recurrentes admiten conocer la existencia del auxilio judicial, siendo extraño que recién se hubieran apersonado  al  Juzgado un mes después, el 4 de julio de 2000, cuando el auxilio judicial ya fue concedido, no pudiendo basar su defensa en su propia negligencia y menos plantear un Recurso Directo de Nulidad fuera del plazo previsto por el art 81 de la Ley Nº 1836, ya que las determinaciones señaladas datan del año 2000, sin que  fueran observadas oportunamente.