SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 53/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 53/2002

Fecha: 02-Jul-2002

IV.8

IV.8  Siguiendo con el procedimiento, por Auto de 7 de junio de 2001 (fs. 322), el Juez Cuarto de Partido en lo Civil  solicitó a la Sociedad de Ingenieros de Bolivia que, en cumplimiento del auto de 20 de junio de 2000, designe árbitro sustituto de ENDE, sin embargo, la mencionada Sociedad, por oficio de 20 de septiembre de 2001 (fs. 416 y 417), expresó al Juez que decidió no participar en la controversia suscitada y excluirse del contrato. Con esta negativa se notificó a las empresas en controversia el 19 de octubre (fs. 418).