SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1695/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1695/2012

Fecha: 01-Oct-2012

debe ser entendido como un tipo societario o tipo de sociedad

En el marco señalado, para la problemática que ocupa, el término “societario” debe ser entendido como un tipo societario o tipo de sociedad, emergente de la tendencia gregaria y de agrupamiento del hombre, quien en función de diversos objetivos o finalidades tiene una actitud asociativa para el desarrollo de múltiples actividades.