SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1695/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1695/2012

Fecha: 01-Oct-2012

Las cooperativas especializadas o de un solo objeto

Según la extensión del campo de operaciones que éstas desarrollen se clasifican en: especializadas o de un solo objeto, integrales o de fines múltiples. Las cooperativas especializadas o de un solo objeto son aquellas que toman una sola operación del proceso económico, es decir, las que se organizan para atender una necesidad específica, correspondiente a una sola rama de actividad económica, social o cultural, como las de crédito o consumo. Las integrales o de fines múltiples son aquellas que, en cualquiera de los sectores de la economía nacional, tienden a comprender las diversas partes de un mismo proceso económico, como por ejemplo, la producción industrialización y comercialización de la agricultura, o los problemas conexos de una misma comunidad (arts. 27 a 29 LGSC).