DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2015

Fecha: 16-Ene-2015

“Artículo 61. Biodiversidad y medio ambiente.

X.   El Gobierno Autónomo Municipal, para fortalecer la protección y preservación del medio ambiente creará una Empresa Municipal de Basura, de propiedad del pueblo que habita el Municipio de Camiri  (urbano-rural), para el recojo, tratamiento, clasificación, reciclaje, educación ambiental y otros componentes que se crea necesario; para el desarrollo de actividades en una ciudad limpia, saludable, sin contaminación y de respeto al medio ambiente”.

XI.   El Gobierno Autónomo Municipal, para fortalecer la protección y preservación del medio ambiente creará una Empresa Municipal de Basura, de propiedad del pueblo que habita el Municipio de Camiri  (urbano-rural), para el recojo, tratamiento, clasificación, reciclaje, educación ambiental y otros componentes que se crea necesario; para el desarrollo de actividades en una ciudad limpia, saludable, sin contaminación y de respeto al medio ambiente.

XII.  El Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, deberá establecer la ubicación de un vertedero sanitario municipal de basura tomando en cuenta las normas ambientales, derechos territoriales indígenas, beneficios e impactos sociales, tecnología para el tratamiento de la basura y otros aspectos que se crea conveniente; para su mejor ubicación y disminución de los impactos negativos que pueda ocasionar.