DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2015

Fecha: 16-Ene-2015

sin ser de carácter general

Como se mencionó en entendimientos anteriores la ordenanza municipal, no es equiparable a una ley, por lo que no corresponde su promulgación por el alcalde o alcaldesa municipal, ya que la misma podría emanar del concejo municipal como una norma con carácter interno, sin ser de carácter general, no siendo por ello necesaria su promulgación por parte del alcalde o alcaldesa en respeto del art. 12.I de la CPE; por lo señalado los parágrafos I.1 y 3, III y V del art. 28 del proyecto en el término “ordenanzas”, son incompatibles con la Ley Fundamental.