DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 39: Mecanismos y Procedimientos de transparencia y   rendición de cuentas.

El alcalde deberá hacer rendiciones públicas de cuentas almenos dos veces al año. La convocatoria debe ser amplia, y difundida a la totalidad de la población, permitiendo la participación de las diferentes organizaciones de la sociedad civil y de las ciudadanas y ciudadanos que pertenecen al municipio de Filadelfia.