DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Sobre el numeral 1

“Gestión del sistema de salud y educación”, bajo esta concurrencia, se ha promulgado por el nivel central del estado, la Ley de Educación “Avelino Siñani-Elizardo Pérez”, en su art. 80.2 establece: Gobiernos Municipales: “a) Responsables de dotar, financiar y garantizar los servicios básicos, infraestructura, mobiliario, material educativo y equipamiento de las Unidades Educativas de Educación Regular, Educación Alternativa y Especial, así como de las Direcciones Distritales y de Núcleo, en su jurisdicción. b) Apoyo a programas educativos con recursos establecidos en las normas en vigencia”, de la lectura de dicho artículo se determina que el gobierno municipal no tiene facultad para la referida “capacitación” a la cual hacen mención, como tampoco abarca a la “educación superior”; asimismo, con referencia a la educación permanente no corresponde hacer mención.