DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016

Fecha: 15-Nov-2016

ARTÍCULO 111º.- (DONACIÓN Y NEGOCIOS JURÍDICOS)

El Gobierno Autónomo Municipal no podrá donar los bienes muebles, sujetos a registro e inmuebles sujetos al régimen jurídico privado. En cambio, podrá realizar todo tipo de negocios jurídicos con ellos, siempre que los mismos sean rentables y previa Resolución aprobada por dos tercios de los miembros del Concejo.

El Gobierno Autónomo Municipal no podrá donar los bienes muebles, sujetos a registro e inmuebles sujetos al régimen jurídico privado. En cambio, podrá realizar todo tipo de negocios jurídicos con ellos, siempre que los mismos sean rentables y previa Resolución aprobada por dos tercios de los miembros del Concejo.