DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016

Fecha: 15-Nov-2016

ARTÍCULO 64º.- (DE LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL)

II.                   La participación social como instancia organizativa, se aplica a la elaboración de políticas públicas, planificación, seguimiento y evaluación; mediante mecanismos establecidos y los que desarrolle en el futuro el Gobierno Autónomo Municipal que estarán normados en la Ley Municipal de Participación y Control Social.    

II.    La participación social como instancia organizativa, se aplica a la elaboración de políticas públicas, planificación, seguimiento y evaluación; mediante mecanismos establecidos y los que desarrolle en el futuro el Gobierno Autónomo Municipal que estarán normados en la Ley Municipal de Participación y Control Social”.