DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016

Fecha: 15-Nov-2016

ARTÍCULO 4º.- (DE LA AUTONOMÍA MUNICIPAL)

La Autonomía Municipal es entendida como la cualidad gubernativa del Municipio, que implica la igualdad jerárquica o de rango constitucional con los demás Gobiernos Autónomos Municipales de Bolivia; la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos; la administración de sus recursos económicos asignados y propios, así como el ejercicio de facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas por la Constitución Política del Estado y la ley.

La autonomía Municipal es entendida como la cualidad gubernativa del Municipio, que implica la igualdad jerárquica o de rango constitucional con los demás Gobiernos Autónomos Municipales de Bolivia; la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos; la administración de sus recursos económicos asignados y propios, así como el ejercicio de facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas por la Constitución Política del Estado y la ley”.