DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Con relación al numeral 47

La seguridad ciudadana es una competencia concurrente, así lo establece el art. 299.II.13 de la CPE, por lo que únicamente el nivel central del Estado tiene la facultad legislativa respecto a la competencia, en tal sentido, la disposición en cuestión al pretender legislar sobre dicha materia es contraria a la Constitución Política del Estado.