DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016

Fecha: 25-Abr-2016

El estatuto autonómico es la norma institucional básica de las entidades territoriales autónomas

Con las consideraciones señaladas el art. 60.I de la LMAD define que: ” El estatuto autonómico es la norma institucional básica de las entidades territoriales autónomas, de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas de las entidades territoriales autónomas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado” (las negrillas son nuestras), dicho de otro modo, el Estatuto o Carta Orgánica es la norma institucional básica de cada ETA mediante la cual se organizan política y administrativamente, en el marco de la Constitución Política del Estado y las competencias asignadas; en tal sentido, la norma institucional básica no puede regular aspectos para el Estado o para otros niveles de gobierno, como señala en el caso concreto: “capital Histórica y cultural del Departamento de Santa Cruz”.