DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016

Fecha: 25-Abr-2016

Sobre el numeral 8

Sobre dicha regulación, corresponde señalar que el art. 14.IV de la CPE, dispone que en el ejercicio de los derechos nadie será obligado a hacer lo que la Norma Suprema y las leyes no manden, ni a privarse de lo que éstas no prohíban; en ese antecedente, se entiende que todo tipo de informe y/o rendición de cuentas o en su caso la participación en las actividades de la comunidad, responde a la autonomía de la voluntad de las personas; sin embargo, el numeral en estudio, establece que informar y rendir cuentas a la comunidad de las acciones que desarrollen en su representación constituye un “deber o obligación” de todo habitante del municipio de San José de Chuiquitos, estableciendo un mandato imperativo cuyo incumplimiento implica la imposición de una sanción, previsión que resulta contraria a la norma constitucional antes citada.