DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016

Fecha: 25-Abr-2016

I.2 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, por               AC 0318/2014-CA de 15 de septiembre, cursante a fs. 112 a 113, dispuso que se subsane la acreditación de la designación de Luz Miriam Calle Mallcu, como Presidenta del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de San José de Chiquitos.

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, por Decreto de 19 de marzo de 2015, en virtud del art. 5.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), solicita al Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de San José de Chiquitos remita documento original o fotostáticas legalizadas del acta de aprobación del proyecto de Carta Orgánica por dos tercios del total de sus miembros, a este efecto conforme al Acuerdo Jurisdiccional 002/2012 de 11 de enero, ordenó la suspensión del plazo para el pronunciamiento de la resolución correspondiente hasta que la documentación requerida sea despachada y decretada la conformidad de su recepción (fs. 180).

La Comisión de admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, por decreto de 13 de abril de 2015, conminó al Concejo Municipal del San José Chiquitos, adjuntar documento original o fotostáticas legalizadas del acta de aprobación del Proyecto de Carta Orgánica por dos tercios de sus miembros y acta de elección y posesión del actual Presidente del Concejo Municipal.

El Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de San José de Chiquitos, por memorial de 29 del mismo mes y año, adjunto la documentación solicitada (fs. 230 a 232), y la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional por decreto de 30 de abril de 2015, ordenó la reanudación del cómputo del plazo a partir de la notificación con dicha providencia (fs. 233), diligencia que fue cumplida 12 de mayo de 2015 (fs. 234), por lo que, la presente resolución es emitida dentro de plazo.