DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016

Fecha: 25-Abr-2016

fundamentada

En mérito a lo señalado, no es constitucionalmente admisible que la petición o solicitud sea fundamentada para que dicho derecho sea eficaz, como tampoco es constitucionalmente admisible excluir del ejercicio del presente derecho a solo los habitantes del referido municipio dejando al margen a los “estantes”, aspecto que vulnera el principio de universalidad.