DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

3.

3.        La IMPROCEDENCIA con cargo a su reposición en la previsión que corresponda del texto adecuado del: Preámbulo en la frase: “como parte de la Confederación de la nación de los Soras” consignada originalmente en el primer párrafo; 4 en cuanto a la frase: “uru murato, quechua y Aymara, con identidad cultural, tradición histórica, riqueza natural y turística, basado en los usos y costumbres procedimientos propios. Tiene como actividades fundamentales la minería, la actividad agrícola-pecuaria, piscícola y turística, constituyéndose siempre en bastión del desarrollo económico departamental y nacional”; 9.II; 19.3; 20.I.IV.VII; 24.II; 31.13 en la frase: “Secretarios Municipales”; 47.1.3.9; 50.III; 53.8 en la frase: “Secretarios Municipales”.26 del texto original.28 del texto original; 56 respecto a las frases: “políticas estratégicas” y “necesidades locales fundamentales”, suprimidas en el texto físico; 57 en las frases: “Secretarios Municipales”, insertas en el epígrafe y contenido de la previsión; 58 en las frases: “Secretarios Municipales”, contenidas en el epígrafe como en el enunciado de la norma adecuada; 59 en cuanto a las frases: “Secretarios Municipales”, que cursan en el epígrafe como en el contenido de la norma; 62.1 del texto original; 62.1 en cuanto a la frase: “Secretario Municipales” del texto adecuado; 65 en la frase: “Secretarios Municipales”; 83 primera parte; 86.I.II; 97.XIII; 126.3 del texto original; 159.I.4.II.6 en cuanto a la omisión relativa a la aprobación mediante referendo del proyecto normativo; 161 Disposiciones Transitorias Tercera, Cuarta y Quinta.