DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

enunciado

Considerando que tanto el enunciado como el parágrafo II, mantienen la misma redacción de la versión original, persistiendo la confusión entre la ETA y la unidad territorial, además de asignar a ésta la potestad de reconocer el derecho a la salud, como si se tratase de una norma constitucional; de igual modo, mantiene competencias en esta materia que le corresponden al nivel departamental de gobierno, relativas a la acreditación y evaluación del servicio de salud en el ámbito municipal, respectivamente, según analizó la DCP 0215/2015, corresponde mantener subsistente los cargos de incompatibilidad, establecido en ese fallo constitucional; siendo obligación del consultante, modificar el enunciado de forma tal que sea el gobierno municipal y no la unidad territorial la instancia que garantice el ejercicio de este derecho en el municipio, excluyendo el concepto de “reconocimiento”; como también el término “acreditación” y la frase: “y evaluación”, del parágrafo II.