DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

numeral 3

Sobre el numeral 3, esta disposición fue declarada compatible en la          DCP 0215/2015, empero el estatuyente municipal, de manera unilateral e inconsulta, procedió a su supresión, afectando al carácter inmutable del citado fallo por tratarse de una Resolución firme pasada en autoridad de cosa juzgada; en consecuencia, se declara la improcedencia de la citada supresión, debiendo el consultante reponer la norma extrañada.

Respecto al numeral 3 considerando que el mismo mantiene el término “técnica”, como concepto integrante de la facultad ejecutiva, criterio que no responde al modo de definir esta potestad en la Ley Fundamental, de acuerdo a lo manifestado por la DCP 0215/2015, corresponde mantener subsistente el cargo de incompatibilidad, establecido en ese fallo constitucional; debiendo el estatuyente municipal, excluir dicho término de la previsión analizada.

En cuanto al numeral 3 de la previsión original, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0215/2015, procedió a suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar ningún test de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Norma Suprema.

Sobre el numeral 3 se advierte que la regulación adecuada nuevamente incorpora al municipio como una instancia distinta al Estado Plurinacional, cuando la incompatibilidad que sobre el particular fija la Constitución Política del Estado, dice relación con todos los niveles de gobierno, tanto central como autonómico, conforme discierne la DCP 0215/2015, por lo que corresponde mantener subsistente el cargo de incompatibilidad, establecido en ese fallo constitucional; debiendo el estatuyente, excluir la frase: “del Municipio y” contenida en la previsión analizada.

En cuanto al numeral 3 el estatuyente municipal procedió a modificar la previsión conforme a los fundamentos jurídicos que sustentan el test de constitucionalidad de la regulación analizada, insertos en la DCP 0215/2015, cuyo nuevo contenido y alcance resulta compatible con la Constitución Política del Estado.