DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

TEXTO CON ADECUACIÓN

“7. Aprobar dentro los primeros 30 días de su presentación del Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentado por el ejecutivo municipal en base al Plan de Desarrollo Municipal, utilizando la planificación participativa Municipal. Cuando el concejo municipal no se pronuncie en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual y Presupuesto Municipal presentados se darán por aprobados. previa pronunciación del Consejo de Control Social”.

“17. Aprobar mediante resolución interna el presupuesto del concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de los concejales, alcalde municipal y administración municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; asimismo la escala de viáticos y gastos de representación del presidente del concejo y el ejecutivo municipal en función con lo establecido en la presente ley y con la capacidad económica  del municipio, para su consolidación en el presupuesto municipal”.

“29. Sancionar a las personas individuales y colectivas públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de preservación del Patrimonio Nacional, Municipal dominio y propiedad pública, uso común, normas sanitarias básicas, de uso del suelo, del medio ambiente, de protección a la fauna silvestre y flora, tenencia de animales domésticos, transporte, ambiente, distribución, almacenamiento, manipulación y venta de productos alimenticios para consumo humano y animal, así como los productos destinados al cultivo vegetal prohibidos, de acuerdo al Reglamento.

“30. Ordenar la demolición de los inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso del suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo o con la cooperación de las autoridades nacionales, departamentales, así como la reasignación del uso del suelo que corresponda; mediante reglamento específico”.