DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo

I.         En cumplimiento al mandato constitucional y en referencia a la autonomía municipal los órganos de gobierno autónomo de Poopó, determinan su organización y funcionamiento en previsión a la responsabilidad política y administrativa que garantice la implementación del modelo autonómico a través de un adecuado desarrollo legislativo y reglamentario para ejecutar 43 competencias exclusivas orientando, definiendo, legislando, administrando y operando políticas públicas en su jurisdicción.

III.     El ejercicio de la facultad deliberativa, legislativa política y fiscalizadora del Concejo Municipal debe orientar la organización y funcionamiento del Municipio para garantizar la asignación de recursos financieros, humanos, materiales, institucionales, administrativos y políticos, los que deben ser desarrollados y ejecutados por el Ejecutivo Municipal, para beneficio de la consolidación de la jurisdicción territorial y sus comunidades.

V.        La Estructura del Gobierno Municipal debe ser instituida mediante normas y reglamentos, debe ser un proceso organizativo permanente que identifique las funciones y estructuras internas, agrupándolas y ordenándolas para asignar, transferir, descentralizar, delegar, desconcentrar funciones específicas y responsabilidades con la finalidad de lograr los objetivos y metas institucionales, mediante una administración oportuna, eficaz y eficiente, para una adecuada prestación de servicios.

VI.      En merito de la visión  y estrategia  de desarrollo integral  municipal, refrendados  en la Norma Básica Municipal, y guardando correlato con la gradualidad del ejercicio  de sus competencias,  debe  implementar en su estructura  organizativa unidades  que respondan a  aspectos prioritarios de: Educación, salud, deporte, cultura, medio ambiente, recursos naturales, género y generacional, minorías y grupos  vulnerables, vialidad, agua, desarrollo rural productivo y sostenible, turismo, Catastro, transparencia, administración patrimonial, y otros de prioridad municipal.

VII.    Se mantiene el carácter flexible, y adaptable de la estructura organizacional, de acuerdo a la normativa generada en el legislativo municipal, organización con criterios de eficiencia, eficacia, necesidad y adecuación de recursos humanos, criterio y suficiencia financiera, y de acuerdo a los cambios de su accionar en referencia a la Carta Orgánica, Plan Estratégico Institucional, Plan de Desarrollo Municipal, Programa Operativo Anual y el Plan de Desarrollo Económico Plan local y condiciones  del contexto nacional”.

I. El Concejo Municipal está compuesto por cinco Concejalas y Concejales, elegidas y elegidos por votación universal, directa, secreta y obligatoria, investida de capacidad deliberativa, fiscalizadora, normativa y legislativa, respetando procedimientos propios, usos y costumbres establecidos en Poopó y sus ayllus.