DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Control previo de constitucionalidad.-

De acuerdo al art. 297.I.4 de la CPE, las competencias compartidas son aquellas sujetas a una legislación básica emanada del nivel central del Estado, correspondiendo a las entidades territoriales autónomas, a través de sus órganos legislativos, emitir leyes de desarrollo, en tanto respondan a las características y naturaleza que al efecto prevea el Estado central en su legislación básica; por su parte el numeral 3 del mismo precepto constitucional, determina que las competencias concurrentes son legisladas por este nivel de gobierno, y simultáneamente serán las entidades territoriales autónomas las que por intermedio de sus órganos ejecutivos, reglamentarán y ejecutarán dichas leyes.