DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 106. PRINCIPIOS DE LA ASIGNACIÓN COMPETENCIAL GRADUALIDAD Y PROGRESIVIDAD

1.   Legalidad y plenitud: el Gobierno Municipal tiene libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia de su interés. Las competencias encomendadas al municipio deben ser plenas y completas. No pueden ser puestas en tela de juicio ni limitadas por otra autoridad central o regional, más que dentro el ámbito de la ley.

3.   Selectividad y proporcionalidad: la transferencia de competencias tomará en cuenta la capacidad de gestión efectiva, que será determinada por un procedimiento con criterios técnicos  y objetivos, el Servicio Estatal de Autonomías, en coordinación con las instancias del nivel central del Estado apoyará el ejercicio gradual de las nuevas competencias mediante programas  de asistencia técnica.