DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

En el caso de producirse lo precedente en el cuarto año de gestión será el concejo municipal quien  elija un interino  por 2/3 de  votos.

I. En caso de renuncia o muerte, inhabilidad permanente del Alcalde o Alcaldesa del Gobierno Municipal se procederá a una nueva elección, siempre y cuando no hubiere transcurrido la mitad de  mandato. En el caso de producirse lo precedente en el cuarto año de gestión será el concejo municipal quien  elija un interino  por 2/3 de  votos.