DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017

Fecha: 21-Ago-2017

mantener subsistente el cargo de incompatibilidad, establecido en ese fallo constitucional; debiendo el estatuyente, suprimir del numeral 1 la frase “o producto de la política de exploraciones, prospecciones”, suprimir el numeral 2 y la frase: “y contribuciones” del numeral 4, debiendo reasignar tanto tasas, patentes como contribuciones especiales, como recursos tributarios.

Considerando que la regulación contenida en el texto adecuado, mantiene la pretensión de incorporar entre sus recursos no tributarios, pagos provenientes de políticas de exploración y prospección de recursos naturales, cuando ningún nivel de gobierno está facultado para cobrar por estas actividades, previas a las operaciones de explotación de recursos, cuando los recursos estratégicos en general, responden a una competencia exclusiva del nivel central del Estado; por el contrario, el estatuyente, insiste en incorporar entre sus recursos no tributarios a las tasas, patentes y contribuciones especiales, de acuerdo a la normativa tributaria, se trata de ingresos considerados como tributos, tal como analizó la DCP 0215/2015; por lo que corresponde, mantener subsistente el cargo de incompatibilidad, establecido en ese fallo constitucional; debiendo el estatuyente, suprimir del numeral 1 la frase “o producto de la política de exploraciones, prospecciones”, suprimir el numeral 2 y la frase: “y contribuciones” del numeral 4, debiendo reasignar tanto tasas, patentes como contribuciones especiales, como recursos tributarios.