Auto Supremo AS/0618/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2015

Fecha: 08-Sep-2015

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7. Manifestó que, de la lectura del memorial de la demanda, el actor señaló que trabajó un primer periodo del 04 de junio de 2005 al 04 de junio de 2008 y un segundo periodo del 14 de febrero de 2009 al 14 de febrero de 2011, infiriéndose que existió una pausa e interrupción en la relación laboral de 8 meses entre uno y otro periodo, y al margen de que el recurrente habría negado el trabajo en el segundo periodo, la parte empleadora señaló que el actor no habría trabajado en favor de la Empresa Constructora Caballero conforme la declaración judicial espontánea que no fue tomada en cuenta, para una correcta valoración de los antecedentes