Auto Supremo AS/0618/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Además de los señalados principios, en el instituto de las nulidades, también rige el principio

Además de los señalados principios, en el instituto de las nulidades, también rige el principio de finalidad de las formas o de instrumentalidad de las nulidades procesales, en cuya virtud las nulidades no tienen como objetivo comprobar y declarar el incumplimiento de las formas procesales, pues los actos procesales son válidos si han cumplido sus efectos, no obstante que hubiese algún defecto formal; este principio de alguna manera se encuentra previsto en el art. 91 del CPC, y ahora en el art. 107.I del nuevo Código Procesal Civil