AMPARO DIRECTO 99/2014. 2 DE JULIO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: EDGAR BRUNO CASTREZANA MORO, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTR
Fecha: 07-Nov-2014
Autoría Y Participación
Como lo consideró la autoridad responsable, debe estimarse que la participación del quejoso, en la comisión de los delitos, actualiza la hipótesis prevista por el artículo 13, fracción III, del Código Penal Federal,(53) esto es, a título de coautor material, ya que fue el impetrante quien de manera personal realizó conjuntamente con otros las conductas previamente estudiadas.
Por otra parte, se estima correcto que tanto el a quo como el ad quem consideraran que no obstan las manifestaciones del inculpado en el sentido que niega los actos imputados y por ello no es responsable de los hechos delictivos en que fue sorprendido.
En efecto, de las declaraciones ministerial y preparatoria del quejoso, se aprecia que se reservó su derecho a declarar, sin embargo, ello sólo constituye un ejercicio de su garantía de defensa, específicamente la denominada como no autoincriminación, que contempla en su favor el artículo 20, apartado A, fracción II, de nuestra Carta Magna.(54)
Por otro lado, respecto a sus ampliaciones de declaración sólo se advierte que negó la versión de sus agentes aprehensores y afirmó desconocer que había armas, aunque reconoció que sabía de la marihuana.
En efecto, en sus declaraciones el quejoso señaló que son falsos los hechos, pues en el domicilio se encontraba con ********** y **********, quien tres días antes le ordenó subir una pistola al segundo nivel y ********** lo regañó "que no debía subir allá"; también dijo que las armas aseguradas se encontraban en el segundo nivel, en el cuarto "donde dormía **********"; afirmó además que su función era vigilar desde el techo "que no llegaran los judiciales, marinos, encapuchados o cualquier vehículo sospechoso". Por último, dijo desconocer a ********** y a **********.
Empero, en ampliación dijo que el catorce de septiembre estaba "tomando con ********** y **********", y que el primero le refirió que fueran al domicilio donde se encontraban los sujetos de apodo "**********" y "**********", que llegaron aproximadamente a las "seis u ocho de la noche" y se quedó dormido y a las cuatro de la mañana entraron los soldados. Dijo no saber si encontraron algo ilícito, sólo "vio una cajita con marihuana"; y que cuando llegó a ese lugar ya estaba la camioneta; afirmó que no sabía de la existencia de las armas, granadas y cartuchos; y aseguró que sólo detuvieron a **********, **********, **********, ********** y a él, sin referir que "**********" fuera detenida con ellos.
No obstante lo antes declarado, en diversa ampliación de declaración, agregó que él no estuvo en la camioneta, ni portó armas, incluso, que no disparó pues salió negativo en el dictamen pericial; que "los militares estuvieron de una hora y media a dos en el domicilio"; y aseveró que "**********" fue detenida con ellos, pero que "ignoraba de donde salió".
- Considerando
- Ahora Las Sentencias En Materia Penal Se Estructuran De Dos Formas
- Por Otra Parte El Delito Es El Acto U Omisión Que Sancionan Las Leyes Penales
- Elementos De La Descripción Típica
- Pueden Ser De Dos Clases
- Autoría Y Participación Artículo Del Código Penal Federal
- Indeterminada
- Elementos Subjetivos Genéricos
- Juicio De Antijuridicidad
- Causas De Justificación
- Juicio De Culpabilidad
- Elementos
- Punibilidad
- Iii El Resarcimiento De Los Perjuicios Ocasionados
- Inaplicabilidad De Punibilidad
- Punibilidad O Individualización Legislativa
- Punición O Individualización Judicial
- Pena O Individualización Administrativa
- Beneficio De La Sustitución Total De La Multa Artículo Del Código Penal Federal
- Medida De Seguridad
- Multa Si La Prisión No Excede De Dos Años Fracción Iii
- Que La Condena Se Refiera A Pena De Prisión Que No Exceda De Cuatro Años
- Este Último Tema Se Representa En La Siguiente Gráfica
- Garantías De Legalidad Y Seguridad Jurídica
- El Anterior Concepto De Violación Es Infundado Como Se Demostrará Enseguida
- Pruebas Y Hechos Acreditados
- El Tribunal Responsable Tuvo Por Acreditados Tales Hechos Con Apoyo En Las Siguientes Probanzas
- Declaraciones Del Procesado Alias
- Declaraciones Del Procesado Alias El O
- Declaraciones Del Procesado
- Asimismo Manifestó No Tener Conocimiento En Relación Con Las Armas
- Declaraciones De
- Declaraciones Del Agente De La Policía Judicial En El Estado
- Valor De Las Pruebas
- Establecido El Valor De Las Pruebas Corresponde Ahora Fijar Su Alcance Demostrativo
- Detención En Flagrancia
- Resulta Infundado La Manifestado Como Se Verá Enseguida
- Juicio De Tipicidad
- Artículo Bis Al Que Sin El Permiso Correspondiente Hiciere Acopio De Armas Se Le Sancionará
- D Dictamen De Balística Forense
- Tres Granadas De Fragmentación Sin Lote Marca Modelo Ni País De Fabricación
- E Testimonial A Cargo Del Agente Policial
- Artículo Quat Al Que Posea Cartuchos En Cantidades Mayores A Las Permitidas Se Le Sancionará
- C Dictamen De Balística Forense
- B Inspección Ministerial De Dieciséis De Septiembre De Dos Mil Diez
- E Testimonial Del Agente Policial
- Que La Conducta Se Realice Sin Contar Con La Autorización De La Secretaría De Salud
- Autoría Y Participación
- Como Se Advierte El Quejoso Incurre Al Menos En Las Siguientes Contradicciones
- Iii Aseveró Que Fue Y No Fue Detenida Con Él Y Sus Coinculpados
- Lo Anterior Resulta Infundado
- Elementos Subjetivos Genéricos Dolo Directo
- Consentimiento Del Titular Del Bien Jurídico No Aconteció
- Punición
- Individualización De La Pena
- Es Fundado En Parte El Anterior Motivo De Desacuerdo Como Se Verá Enseguida
- Por Su Parte Los Artículos Y De Esa Misma Ley Prevén Lo Siguiente
- Iv Las Que Integren Colecciones De Armas En Los Términos De Los Artículos Y
- Ii Pistolas De Calibre Con Fines De Tiro Olímpico O De Competencia
- A Revólveres Calibre Magnum Y Los Superiores A Especial
- K Aeronaves De Guerra Y Su Armamento
- En General Todas Las Armas Municiones Y Materiales Destinados Exclusivamente Para La Guerra
- Pero Resulta Acertado Que Se Haya Impuesto Al Ahora Quejoso Las Siguientes Penas
- E Suspensión De Derechos Civiles Con Fundamento En El Artículo Del Código Penal Federal
- Beneficios
- C Multa Si La Prisión No Excede De Dos Años Fracción Iii
- A Que La Condena Se Refiera A Pena De Prisión Que No Exceda De Cuatro Años
- Reitere Los Aspectos Definidos O Intocados De La Litis
- Con Base En Lo Anterior Ajuste Las Penas De Prisión Y Multa
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Iii El Tercero Interesado Pudiendo Tener Tal Carácter
- Artículo O El Presente Código Comprende Los Siguientes Procedimientos
- El Ejercicio De La Acción Penal Ante Los Tribunales Corresponde Al Ministerio Público
- Artículo
- Ídem Página
- Vi Los Que Dolosamente Presten Ayuda O Auxilien A Otro Para Su Comisión
- En Una Palabra La Participación Es Accesoria La Autoría Principal
- Artículo El Delito Se Excluye Cuando
- Viii Se Realice La Acción O La Omisión Bajo Un Error Invencible
- Artículo La Sanción Pecuniaria Comprende La Multa Y La Reparación Del Daño
- En La Averiguación Previa Corresponderá Al Ministerio Público
- I Que Por Su Edad Capacidad E Instrucción Tenga El Criterio Necesario Para Juzgar Del Acto
- Apéndice De Tomo Ii Parte Scjn Página
- Ii Los Que Los Realicen Por Sí
- B Que El Titular Del Bien Tenga La Capacidad Jurídica Para Disponer Libremente Del Mismo Y
- Apéndice Al Semanario Judicial De La Federación Tomo Ii Materia Penal Página
- Esta Amonestación Se Hará En Público O En Lo Privado Según Parezca Prudente Al Juez
- X En Toda Pena De Prisión Que Imponga Una Sentencia Se Computará El Tiempo De La Detención