AMPARO DIRECTO 99/2014. 2 DE JULIO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: EDGAR BRUNO CASTREZANA MORO, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTR
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 99/2014. 2 DE JULIO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: EDGAR BRUNO CASTREZANA MORO, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTR

Fecha: 07-Nov-2014

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO. La Justicia de la Unión ampara y protege a ********** contra el acto reclamado del Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito con residencia en Cancún, Quintana Roo, consistente en la sentencia dictada el doce de agosto de dos mil trece, en el toca penal **********; y su ejecución. Lo anterior por las razones expuestas en el considerando séptimo de esta ejecutoria y para los efectos precisados en el último considerando.

Notifíquese; y con testimonio devuélvanse los autos a su lugar de origen; háganse las anotaciones respectivas en el libro de gobierno y libro electrónico de registro de este tribunal; y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo, por unanimidad de votos de los Magistrados Livia Lizbeth Larumbe Radilla (presidenta) y Juan Ramón Rodríguez Minaya, así como de Edgar Bruno Castrezana Moro (ponente) secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado de Circuito por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal,(73) con fundamento en el artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

En términos de lo previsto en los artículos 3, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.