SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1850/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1850/2013

Fecha: 29-Oct-2013

Artículo 25. (Sanciones para los medios de comunicación).

Artículo 25. (Sanciones para los medios de comunicación). Los medios de comunicación que violen las prohibiciones establecidas en el artículo 82 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral, modificado por la Ley N° 125, y el presente reglamento serán sancionados mediante Resolución del Tribunal Supremo Electoral, con la inhabilitación para emitir campaña o propaganda electoral en los siguientes dos procesos electorales, referendos o revocatorias de mandato, de carácter nacional.