DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2015

Fecha: 05-Mar-2015

Sobre el numeral 9

“Elaborar y elevar ante el Concejo Municipal, para su consideración y aprobación, mediante ley municipal el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal consolidado y sus reformulados hasta 15 días hábiles antes de la fecha de presentación establecida por el órgano rector del nivel central del Coordinar y supervisar las acciones del Órgano Ejecutivo Municipal”.

El artículo sujeto a control previo de constitucionalidad en la última parte señala: “…del Coordinar y supervisar las acciones del Órgano Ejecutivo Municipal”, frase que no encuentra congruencia con el resto del contenido del precepto en análisis, aspecto que vulnera el principio de seguridad jurídica y afecta el principio de congruencia interna de la norma, generando oscuridad en su aplicabilidad, tratándose además, la norma institucional básica, de un instrumento organizador de la administración de la entidad autónoma, lesionando además el art. 232 de la CPE.