DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2015

Fecha: 11-Mar-2015

Artículo 72.

El presupuesto municipal se realizará en función a la estrategia anual de desarrollo municipal, la disposición que establece la distribución de recursos, los requerimientos financieros y el techo presupuestario fijado para el año en curso. Se basa además en estimaciones del Ministerio del área en lo que corresponde a las transferencias y estimaciones de las recaudaciones propias, y aplicando el sistema de presupuesto establecido por las normas legales correspondientes. Se podrán también desarrollar presupuestos plurianuales, acorde a Ley, en base a estrategias de desarrollo que abarquen más de un año.