DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

Artículo 30. (Atribuciones de la Alcaldesa o  Alcalde Municipal).

23. Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamentales, de acuerdo a normativa Municipal.

13. Presentar el Programa de Operaciones Anual, sus Reformulados y el Presupuesto del Órgano Ejecutivo Municipal  adecuando las mismas  a las políticas públicas municipales  establecidas en el Programa de Desarrollo Municipal, la visión del Municipio  y conforme a las necesidades y requerimientos de la población.

14. Elaborar y presentar al Concejo Municipal, para su consideración y aprobación mediante Ley Municipal, el Programa de Operaciones Anual, el Presupuesto Municipal consolidado y sus reformulados, hasta la primera quincena del mes de octubre y quince (15) días hábiles antes de la fecha de presentación establecida por el órgano rector del nivel central del Estado.

23. Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamentales, de acuerdo a normativa Municipal.