DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

Artículo 67. (Plan de Ordenamiento Territorial).

"Artículo 67. (Plan de Ordenamiento Territorial). El Gobierno Autónomo Municipal  tiene la facultad de diseñar el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial y en coordinación con el Gobierno Departamental, Organizaciones Territoriales y los Pueblos Indígena Originario Campesinos".

Artículo 67. (Plan de Ordenamiento Territorial). El Gobierno Autónomo Municipal  tiene la facultad de diseñar el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial y en coordinación con el Gobierno Departamental, Organizaciones Territoriales y los Pueblos Indígena Originario Campesinos.