DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

Artículo 78. (Hacienda Pública Municipal).

"Artículo 78. (Hacienda Pública Municipal).  Es el conjunto de normas y procedimientos que regulan la administración de los recursos económicos del municipio, en sujeción a los principios, normas y procedimientos emitidos por el órgano rector del nivel central, responsable de las finanzas públicas conforme a la Ley".

Artículo 78. (Hacienda Pública Municipal).  Es el conjunto de normas y procedimientos que regulan la administración de los recursos económicos del municipio, en sujeción a los principios, normas y procedimientos emitidos por el órgano rector del nivel central, responsable de las finanzas públicas conforme a la Ley.