DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

La Ley Marco de Autonomías y Descentralización regulará

Asimismo, el art. 271.I de la indicada Norma Suprema, dispone que: "La Ley Marco de Autonomías y Descentralización regulará el procedimiento para la elaboración de estatutos Autonómicos y cartas orgánicas, la transferencia y delegación competencial, el régimen económico financiero…" (las negrillas son agregadas).

En ese marco normativo competencial, y en atención de la reserva de ley dispuesta por el art. 271.I de la CPE, el art. 114.IX.1 inc. c) de la LMAD, señala que: "Los gobiernos autónomos municipales deberán presentar sus presupuestos institucionales aprobados por el concejo municipal y con el pronunciamiento de la instancia de participación y control social correspondiente"; de ello se advierte que se asignó a los gobiernos autónomos municipales la obligación de presentar a las instancias delegadas por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, el programa operativo anual (POA), y el presupuesto anual debidamente aprobados por el concejo municipal; a ese efecto también deben cumplirse con los plazos establecidos por las instancias del mencionado Órgano Ejecutivo.

En ese entendido, el POA y el presupuesto municipal podrían darse por admitidos automáticamente, en caso de que el Concejo Municipal no los aprobara como establece el numeral que se analiza, siempre y cuando esta aprobación tácita se encuentre dentro de la regulación determinada por la instancia correspondiente del nivel central del Estado, en aplicación del principio de competencia sobre esta materia.