DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

Ley del Estado Plurinacional

El art. 410.II.3 de la CPE, con referencia a la aplicación jerárquica de las normas del ordenamiento jurídico, menciona que: "Las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena"; de donde podemos inferir, que estas disposiciones constituyen un mismo nivel jerárquico; asimismo, cuando el       art. 302.I.1 de la Ley Fundamental, se refiere al procedimiento de la elaboración de las mismas de acuerdo a ley; en éste ámbito, no se supedita sino a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez", mas no a la: "Ley del Estado Plurinacional"; puesto que si se somete a cualquier otro precepto, la Carta Orgánica perdería su importancia como instrumento normativo básico.

Sin embargo, el Gobierno Autónomo Municipal de Corocoro, en aquello que no sea de su competencia, tendrá que someterse a las normas del nivel central del Estado, en las que este se encuentre como titular de la facultad legislativa, es decir, en las competencias privativas, exclusivas del nivel central del Estado, compartidas y concurrentes.