DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

Ser mayor de 18 años de edad

En tal sentido, el numeral 3 del presente artículo al disponer como requerimiento para ser concejala o concejal: "Ser mayor de 18 años de edad", vulnera lo establecido en el art. 287.I.2 de la CPE; toda vez que el requisito es tener dieciocho años cumplidos al día de la elección; incurriendo la normativa analizada en una suerte de indeterminación, puesto que no señala el momento en que el postulante a dicho cargo deberá cumplir los dieciocho años.