DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

emitir la legislación de desarrollo

En ese marco el art. 66.II de la LMAD, refiere que corresponde a los gobiernos autónomos municipales, emitir la legislación de desarrollo respecto a las normas básicas que emita el nivel central sobre las competencias compartidas señaladas en el art. 299.I de la CPE del Estado; en ese entendido, el art. 297.I.4 de la CPE, define que las competencias compartidas son aquellas sujetas a una legislación básica del nivel central del Estado, correspondiendo a las ETA la legislación de desarrollo, así como su regulación u ejecución; sin embargo, el art. 89.I en estudio, dispone que el Gobierno Autónomo Municipal de Corocoro solo reglamentará y ejecutará las competencias compartidas, en función a la legislación básica del nivel central del Estado, obviando considerar que en virtud del art. 297.4 de la Ley Fundamental, las ETA tienen la facultad legislativa para desarrollar la legislación básica antes mencionada.